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677/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito

La libertad anticipada procede cuando el sentenciado ha cumplido con los requisitos legales para su obtención, aun cuando exista un recurso de apelación adhesiva interpuesto por la víctima.

Expediente
677/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal del Primer Circuito
Ponente
Taissia Cruz Parcero
Fecha
21 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La libertad anticipada procede cuando el sentenciado ha cumplido con los requisitos legales para su obtención, aun cuando exista un recurso de apelación adhesiva interpuesto por la víctima.

Resumen

El tribunal colegiado revocó la resolución impugnada y concedió al sentenciado el beneficio de la libertad anticipada, declarando la extinción de la pena de prisión. Se instruyó al juez de ejecución para que materializara la libertad inmediata. Adicionalmente, se declaró infundado el recurso de apelación adhesiva interpuesto por la víctima, confirmando que la obtención del beneficio no se ve impedida por dicho recurso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.