La legitimación del tercero interesado para interponer el recurso de revisión en el juicio de amparo se actualiza cuando los agravios formulados controvierten las consideraciones de la sentencia recurrida que le generan un perjuicio directo en su esfera jurídica, sin que sea indispensable que estos se relacionen con la omisión de analizar planteamientos de constitucionalidad del quejoso.
El presente caso analiza la legitimación del tercero interesado para interponer un recurso de revisión en un juicio de amparo. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el tercero interesado cuenta con legitimación si sus agravios se orientan a controvertir las consideraciones de la sentencia que le causan un perjuicio directo, aun cuando no aborden la omisión de analizar los planteamientos de constitucionalidad del quejoso. Esto se debe a que el recurso busca proteger su esfera jurídica de las afectaciones derivadas de la resolución judicial.
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