La revisión adhesiva, por su naturaleza accesoria, debe declararse sin materia cuando el recurso de revisión principal no prospera.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un juicio contencioso administrativo donde se demandó la nulidad de una resolución que confirmó un crédito fiscal por concepto de impuesto al valor agregado omitido. El Secretario de Hacienda y Crédito Público interpuso recurso de revisión adhesivo. Sin embargo, al determinar que el recurso principal no prosperaba, la Corte declaró sin materia la revisión adhesiva, dada su naturaleza accesoria.
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