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511/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La controversia constitucional es improcedente cuando los argumentos del municipio actor se centran en cuestiones de legalidad, como la validez formal de convenios o el cumplimiento de plazos de pago, sin plantear una afectación directa a su esfera competencial o violaciones constitucionales.

Expediente
511/2023
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
7 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La controversia constitucional es improcedente cuando los argumentos del municipio actor se centran en cuestiones de legalidad, como la validez formal de convenios o el cumplimiento de plazos de pago, sin plantear una afectación directa a su esfera competencial o violaciones constitucionales.

Resumen

Se sobresee una controversia constitucional promovida por el Municipio de Lerdo de Tejada, Veracruz, en contra de la compensación de sus participaciones federales para el pago de créditos fiscales adeudados al SAT y al IMSS. La Suprema Corte determinó que los argumentos del municipio, centrados en la supuesta invalidez formal de convenios y el incumplimiento de plazos de pago, constituyen cuestiones de mera legalidad y no una afectación a su esfera competencial o violaciones constitucionales, lo que hace improcedente el juicio.

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