InvestigaciónDocumento
En línea
595/2019ConcedeSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
SEGUNDA SALA

La compensación de saldos a favor del IVA contra impuestos distintos al IVA, o contra impuestos federales distintos de los que causen con motivo de la importación, que administre la misma autoridad y no tengan destino específico, es legal y constitucionalmente válida, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Expediente
595/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
4 dic 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La compensación de saldos a favor del IVA contra impuestos distintos al IVA, o contra impuestos federales distintos de los que causen con motivo de la importación, que administre la misma autoridad y no tengan destino específico, es legal y constitucionalmente válida, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la ley.

Resumen

El presente caso analiza la legalidad y constitucionalidad de la compensación de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contra otros impuestos federales distintos al IVA, como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) o impuestos retenidos. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha compensación es procedente siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos en el artículo 25, fracción VI de la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2019, en relación con los artículos 23 del Código Fiscal de la Federación y 6 de la Ley del IVA. Se enfatiza que la compensación no procederá tratándose de impuestos que se causen con motivo de la importación ni aquellos que tengan un fin específico.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.