La prescripción de la multa impuesta a un sentenciado opera de pleno derecho, sin necesidad de que sea solicitada por el sentenciado o su defensa.
El Tribunal Colegiado de Apelación revocó la resolución recurrida y decretó la prescripción de la multa impuesta a un sentenciado. La mayoría consideró que la prescripción opera de pleno derecho, mientras que un magistrado disidente estimó que los agravios del sentenciado eran infundados y que la actuación de la Jueza de Ejecución no violaba derechos fundamentales.
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