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3033/2019OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La interpretación de la legalidad de un acto de molestia, como lo es una visita domiciliaria, debe atender a los derechos fundamentales de audiencia y legalidad previstos en la Constitución.

Expediente
3033/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS
Fecha
26 feb 2020
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La interpretación de la legalidad de un acto de molestia, como lo es una visita domiciliaria, debe atender a los derechos fundamentales de audiencia y legalidad previstos en la Constitución.

Resumen

La recurrente impugna el desechamiento de su demanda de amparo, argumentando que el tribunal colegiado omitió pronunciarse sobre la interpretación del artículo 14 constitucional. Sostiene que la autoridad fiscal violó directamente la Constitución al no informarle de los hechos u omisiones advertidos durante una visita domiciliaria, lo que a su vez vulneró su derecho de audiencia, consagrado en el artículo 42 del Código Fiscal de la Federación. La Suprema Corte analiza si la cuestión planteada amerita la intervención del máximo tribunal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.