El auto de exequendo dictado en un juicio ejecutivo mercantil, cuya sentencia definitiva sea apelable por razón de cuantía, es impugnable a través del recurso de apelación de tramitación inmediata, el cual debe agotarse previamente a la promoción del juicio de amparo indirecto, en cumplimiento al principio de definitividad.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto a la procedencia del amparo indirecto contra el auto de exequendo en juicios ejecutivos mercantiles apelables por cuantía. Se determinó que dicho auto es impugnable mediante apelación de tramitación inmediata, la cual debe agotarse antes de acudir al amparo, en observancia al principio de definitividad.
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