El concepto de "documento de archivo" debe interpretarse en el sentido de que abarca cualquier registro de un hecho, acto administrativo, jurídico, fiscal o contable, independientemente de su soporte documental, siempre que sea producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades de los sujetos obligados.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el concepto de "documento de archivo" en el contexto de un procedimiento de inconstitucionalidad. Se determinó que la definición legal de este término es amplia y no se limita a un soporte documental específico, sino que incluye cualquier registro que sea producido, recibido y utilizado en el ejercicio de las facultades de los sujetos obligados. Adicionalmente, se precisó que los integrantes de ciertos órganos colegiados no recibirán remuneración por su participación.
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