La pena de prisión y multa por el delito de fraude fiscal se incrementa cuando el monto defraudado excede de diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente.
El extracto se refiere a la penalidad aplicable al delito de fraude fiscal, específicamente cuando el valor de lo defraudado supera un umbral considerable, equivalente a diez mil veces la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente. En tales casos, se establece una pena de prisión de seis a once años y una multa de ochocientos a mil doscientos días. El contexto sugiere una discusión sobre la cuantificación de la pena en un proceso penal fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.