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743/2016TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito

La negativa del amparo procede cuando la autoridad responsable no incurre en una violación al derecho fundamental de acceso a la justicia pronta y expedita, ni a la libertad de trabajo y comercio, al anular un acto por aplicación indebida de disposiciones legales.

Expediente
743/2016
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito
Ponente
Gustavo Gallegos Morales
Fecha
3 abr 2017
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La negativa del amparo procede cuando la autoridad responsable no incurre en una violación al derecho fundamental de acceso a la justicia pronta y expedita, ni a la libertad de trabajo y comercio, al anular un acto por aplicación indebida de disposiciones legales.

Resumen

El tribunal colegiado negó el amparo al actor, determinando que la sala responsable no violó el derecho de acceso a la justicia ni la libertad de trabajo. La nulidad de la sentencia se debió a que la autoridad demandada aplicó incorrectamente reglas relativas a la devolución de saldos a favor del IVA, exigiendo una declaración complementaria cuando no era aplicable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.