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388/2022OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La conciliación prejudicial es una etapa obligatoria que debe agotarse respecto de todos los demandados para poder instar válidamente el juicio laboral.

Expediente
388/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
22 feb 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La conciliación prejudicial es una etapa obligatoria que debe agotarse respecto de todos los demandados para poder instar válidamente el juicio laboral.

Resumen

Se establece que la etapa prejudicial conciliatoria es una responsabilidad del actor en un juicio laboral, la cual debe ser agotada en su totalidad y respecto de todos los codemandados para que el juicio pueda ser considerado como efectivamente instado. La falta de cumplimiento de este requisito impide la procedencia del juicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.