La cesación de actos reclamados, al actualizarse una causal de sobreseimiento, debe declararse de oficio, incluso fuera de audiencia, para dar por concluido el juicio de amparo.
El Juzgado Cuarto de Distrito determinó sobreseer fuera de audiencia el juicio de amparo, al actualizarse la cesación de actos reclamados. Esto se dio tras recibir informe de la PRODECON y tener conocimiento del fallecimiento del representante legal de la persona moral quejosa, lo cual actualiza una causal de sobreseimiento que debe ser declarada de oficio.
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