La reposición del procedimiento del incidente de inejecución de sentencia procede cuando el órgano de amparo, ante un cumplimiento defectuoso, remite los autos a la Suprema Corte para la destitución y consignación de la autoridad responsable, sin haberle requerido previamente el debido acatamiento del fallo protector.
El presente incidente de inejecución de sentencia se resuelve revocando la resolución del Tribunal Colegiado que remitió los autos a la Suprema Corte para la destitución y consignación de la autoridad responsable. Se considera que el Tribunal Colegiado incurrió en un error al no requerir previamente a la autoridad responsable el cumplimiento total y exacto de la ejecutoria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Amparo. Por lo tanto, se ordena reponer el procedimiento para que el Tribunal Colegiado realice el requerimiento correspondiente y, solo en caso de contumacia, remita nuevamente los autos a la Suprema Corte.
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