InvestigaciónDocumento
En línea
3016/2023NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La valoración de las pruebas en el proceso penal debe ser lógica, congruente, razonable y suficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, los delitos y la responsabilidad del imputado, respetando las formalidades esenciales del procedimiento y las reglas de valoración probatoria.

Expediente
3016/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
20 mar 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La valoración de las pruebas en el proceso penal debe ser lógica, congruente, razonable y suficiente para acreditar, más allá de toda duda razonable, los delitos y la responsabilidad del imputado, respetando las formalidades esenciales del procedimiento y las reglas de valoración probatoria.

Resumen

El caso aborda la valoración de pruebas en un proceso penal, específicamente en relación con los delitos de violación y abuso sexual agravados. La Suprema Corte analiza si el tribunal colegiado actuó correctamente al confirmar la sentencia de apelación, la cual a su vez validó la sentencia de primera instancia. Se discute la suficiencia de las pruebas para acreditar los delitos y la responsabilidad del quejoso, así como el respeto a las formalidades del procedimiento y los derechos humanos de las partes involucradas, incluyendo la víctima y el imputado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.