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SJF · Tesis

La pensión jubilatoria goza de protección contra embargo, compensación o descuento hasta por el monto establecido en el artículo 109, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por analogía con la protección constitucional del salario mínimo.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 ago 2011
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La pensión jubilatoria goza de protección contra embargo, compensación o descuento hasta por el monto establecido en el artículo 109, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, por analogía con la protección constitucional del salario mínimo.

Resumen

El artículo 123, apartado A, fracción VIII, de la Constitución protege el salario mínimo contra embargo. Esta protección se extiende a la pensión jubilatoria, pues ambas son fuentes de sustento. La pensión jubilatoria debe protegerse hasta el monto no gravable del artículo 109, fracción III, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, para garantizar una subsistencia digna.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.