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1121/2012ConcedeTCCConcede parcial10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La interpretación de una norma general realizada por una autoridad responsable o un Tribunal Colegiado de Circuito, al resolver cuestiones de legalidad, constituye una cuestión propiamente constitucional que puede ser materia de análisis en el recurso de revisión en amparo directo, pues su estudio puede trascender directa o indirectamente a la materia de constitucionalidad planteada.

Expediente
1121/2012
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
26 may 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La interpretación de una norma general realizada por una autoridad responsable o un Tribunal Colegiado de Circuito, al resolver cuestiones de legalidad, constituye una cuestión propiamente constitucional que puede ser materia de análisis en el recurso de revisión en amparo directo, pues su estudio puede trascender directa o indirectamente a la materia de constitucionalidad planteada.

Resumen

El presente asunto aborda la procedencia del recurso de revisión en amparo directo cuando se impugna la interpretación de una norma general realizada por una autoridad o tribunal de legalidad. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha interpretación sí constituye una cuestión propiamente constitucional, susceptible de ser analizada en revisión, ya que puede trascender a la materia de constitucionalidad. Por lo tanto, la Corte debe realizar su propia interpretación de la norma, independientemente de la realizada por instancias inferiores, para garantizar la correcta aplicación del derecho y la supremacía constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.