La derogación de las normas impugnadas en una acción de inconstitucionalidad actualiza la causal de improcedencia por cesación de efectos, lo que conduce al sobreseimiento del juicio.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó sobreseer las acciones de inconstitucionalidad promovidas contra diversos artículos de la Ley de Hacienda del Estado de Michoacán de Ocampo. La razón principal fue que, durante el trámite del juicio, los artículos impugnados fueron derogados por el propio Congreso del Estado, actualizando la causal de improcedencia por cesación de efectos de la norma. Sin embargo, respecto a los artículos que permanecieron vigentes, el Tribunal Pleno analizó el fondo del asunto y determinó que el impuesto sobre erogaciones por remuneración al trabajo personal (impuesto sobre nómina) no violaba los principios de equidad y proporcionalidad tributaria.
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