El recurso de reclamación interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público es procedente al haber sido formulado por parte legítima en representación de la autoridad tercero interesada, cumpliendo con los requisitos de legitimación previstos en la Ley de Amparo.
Se resuelve el recurso de reclamación 346/2024 interpuesto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en contra del acuerdo presidencial que admitió a trámite el amparo directo en revisión 2561/2024. El recurso fue interpuesto por la Dirección General de Asuntos Contenciosos y Procedimientos, en suplencia de diversas áreas, representando a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como autoridad tercero interesada. Se determina que el recurso es procedente al cumplir con los requisitos de legitimación establecidos en la Ley de Amparo.
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