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3768/2025SCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo directo procede únicamente cuando se controvierten cuestiones de constitucionalidad, no así cuando los agravios se limitan a impugnar la valoración de pruebas o la legalidad de actos procesales.

Expediente
3768/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
3 dic 2025
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión contra sentencias dictadas en amparo directo procede únicamente cuando se controvierten cuestiones de constitucionalidad, no así cuando los agravios se limitan a impugnar la valoración de pruebas o la legalidad de actos procesales.

Resumen

El presente asunto deriva de un recurso de revisión interpuesto contra una sentencia de amparo directo. La parte recurrente argumentó la vulneración de su derecho de acceso a la justicia y tutela judicial efectiva. Sin embargo, tras el análisis de los agravios, se determinó que estos se limitaban a controvertir la valoración de pruebas y aspectos de mera legalidad, sin abordar propiamente cuestiones de constitucionalidad. Por lo anterior, se declaró la improcedencia del recurso, al no actualizarse los supuestos de procedencia previstos para el amparo directo en revisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.