La fundamentación y motivación de los actos administrativos, en particular de las multas fiscales, deben adecuarse estrictamente a la conducta infractora y a la normativa aplicable, so pena de declararse su nulidad.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de las resoluciones que impusieron multas por presentación extemporánea de declaraciones fiscales. Determinó que la autoridad demandada no acreditó debidamente la conducta infractora, ya que el contribuyente sí presentó las declaraciones requeridas dentro del plazo concedido, aunque fuera posterior a la fecha original de vencimiento. La fundamentación de la multa se basó en un supuesto normativo (artículo 82, fracción I, inciso b) del CFF) que no se actualizaba en el caso concreto, violando así los principios de legalidad, tipicidad y seguridad jurídica.
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