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4595/25-07-01-7ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
TFJA · Primera Sala Regional en Jalisco

La resolución que determina un crédito fiscal debe ser debidamente motivada, pronunciándose sobre la suficiencia de las pruebas ofrecidas por el contribuyente para acreditar el origen de los saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado, y no solo calificarlas como insuficientes sin un análisis detallado.

Expediente
4595/25-07-01-7
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
22 may 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La resolución que determina un crédito fiscal debe ser debidamente motivada, pronunciándose sobre la suficiencia de las pruebas ofrecidas por el contribuyente para acreditar el origen de los saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado, y no solo calificarlas como insuficientes sin un análisis detallado.

Resumen

La Sala Regional determinó que la autoridad fiscal no motivó adecuadamente la resolución impugnada al rechazar el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado. A pesar de que la actora presentó diversa documentación contable y pruebas periciales para acreditar el origen de los saldos a favor, la autoridad se limitó a señalar que no se demostraba la veracidad de dichos saldos sin analizar la suficiencia de las pruebas. Por lo anterior, se declaró la nulidad de la resolución y del crédito fiscal determinado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.