La resolución que determina un crédito fiscal debe ser debidamente motivada, pronunciándose sobre la suficiencia de las pruebas ofrecidas por el contribuyente para acreditar el origen de los saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado, y no solo calificarlas como insuficientes sin un análisis detallado.
La Sala Regional determinó que la autoridad fiscal no motivó adecuadamente la resolución impugnada al rechazar el acreditamiento del Impuesto al Valor Agregado. A pesar de que la actora presentó diversa documentación contable y pruebas periciales para acreditar el origen de los saldos a favor, la autoridad se limitó a señalar que no se demostraba la veracidad de dichos saldos sin analizar la suficiencia de las pruebas. Por lo anterior, se declaró la nulidad de la resolución y del crédito fiscal determinado.
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