La falta de fundamentación y motivación de la competencia material y territorial de la autoridad administrativa, al omitir señalar los documentos o acuerdos que le otorgan facultades y la circunscripción territorial, genera la nulidad lisa y llana del acto de molestia.
La Cuarta Sala Regional en la Ciudad de México declaró la nulidad lisa y llana de una multa impuesta por el Instituto Nacional de Migración. La Sala determinó que la autoridad demandada no fundó ni motivó debidamente su competencia material y territorial para emitir la resolución impugnada, al no señalar los acuerdos de delegación de facultades ni la circunscripción territorial específica. Esta omisión viola los derechos de legalidad y seguridad jurídica del particular, conforme a los artículos 14 y 16 constitucionales, y las jurisprudencias aplicables.
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