El recurso de reclamación es improcedente cuando los agravios planteados resultan inoperantes, al no revestir el asunto un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos que justifique la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el recurso de reclamación es improcedente si los agravios son inoperantes y el asunto no presenta un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. En este caso, aunque se impugnaron artículos de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo y de la Ley de la Propiedad Industrial por considerarlos inconstitucionales, no se cumplieron los requisitos de procedencia del amparo indirecto. Al no poder emitirse un pronunciamiento de fondo, no se fijaría un criterio de relevancia nacional.
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