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19938/25-17-11-4ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Décimo Primera Sala Regional en la Ciudad de México

La determinación presuntiva de créditos fiscales por el Instituto Mexicano del Seguro Social es ilegal cuando la autoridad no otorga al patrón el plazo legal para subsanar el requerimiento de información, ni valora adecuadamente la documentación exhibida que demuestra la subcontratación de la obra.

Expediente
19938/25-17-11-4
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
21 abr 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La determinación presuntiva de créditos fiscales por el Instituto Mexicano del Seguro Social es ilegal cuando la autoridad no otorga al patrón el plazo legal para subsanar el requerimiento de información, ni valora adecuadamente la documentación exhibida que demuestra la subcontratación de la obra.

Resumen

En un juicio de nulidad, la Décimo Primera Sala Regional del TFJA declaró la nulidad de una resolución del IMSS que determinó créditos fiscales de forma presuntiva. La Sala determinó que el IMSS no cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 18 del Reglamento del Seguro Social Obligatorio para los Trabajadores de la Construcción por Obra o Tiempo Determinado, al no otorgar al patrón el plazo de cinco días hábiles para proporcionar la información requerida y al no valorar debidamente la documentación presentada por la actora que acreditaba la subcontratación de la obra. Por lo tanto, la autoridad no estaba facultada para realizar la determinación presuntiva.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.