El no ejercicio de la acción penal en una carpeta de investigación, al ser una determinación que pone fin a la persecución del delito, debe ser impugnada a través del juicio de amparo directo, y no mediante un diverso medio de defensa.
El presente caso analiza la vía correcta para impugnar el no ejercicio de la acción penal. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que, al tratarse de una resolución que pone fin a la persecución de un delito, el medio de defensa idóneo es el juicio de amparo directo. Esto, en virtud de que dicho acto de autoridad afecta de manera directa la esfera jurídica de los implicados, y por ende, debe ser analizado por el órgano de control constitucional.
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