Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
El proyecto propone negar el amparo.
La quejosa reclama la sentencia de la Décima Sala Regional del TFJA que reconoció la validez de la resolución dictada en el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, mediante la cual se determinó que no desvirtuó la presunción de inexistencia de operaciones.
En el primer concepto de violación, sostiene que la Sala omitió valorar la prueba presuncional legal y trasladó indebidamente la carga probatoria. El proyecto lo estima infundado, al considerar que la presunción del artículo 63 del CFF se refiere a la veracidad formal de la información en bases de datos y CFDI, pero no acredita por sí sola la capacidad operativa material. Asimismo, conforme al diseño presuntivo del artículo 69-B, corresponde al contribuyente desvirtuar los elementos objetivos expuestos por la autoridad.
En el segundo concepto, aduce aplicación analógica del artículo 69-B y violación al principio de tipicidad. Se propone declararlo infundado, pues el procedimiento no es sancionador sino presuntivo (criterio de la SCJN), y la interpretación del elemento "sin contar con" implica un análisis material de capacidad operativa, sin ampliación indebida de la hipótesis normativa.
Además, se estima que los agravios resultan inoperantes en la medida en que no combaten la razón toral del fallo, consistente en la falta de prueba idónea para desvirtuar los elementos objetivos advertidos por la autoridad
Expediente
621/2025
Tribunal
Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Alejandro Sergio González Bernabé
Fecha
18 feb 2026
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
El proyecto propone negar el amparo.
La quejosa reclama la sentencia de la Décima Sala Regional del TFJA que reconoció la validez de la resolución dictada en el procedimiento del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, mediante la cual se determinó que no desvirtuó la presunción de inexistencia de operaciones.
En el primer concepto de violación, sostiene que la Sala omitió valorar la prueba presuncional legal y trasladó indebidamente la carga probatoria. El proyecto lo estima infundado, al considerar que la presunción del artículo 63 del CFF se refiere a la veracidad formal de la información en bases de datos y CFDI, pero no acredita por sí sola la capacidad operativa material. Asimismo, conforme al diseño presuntivo del artículo 69-B, corresponde al contribuyente desvirtuar los elementos objetivos expuestos por la autoridad.
En el segundo concepto, aduce aplicación analógica del artículo 69-B y violación al principio de tipicidad. Se propone declararlo infundado, pues el procedimiento no es sancionador sino presuntivo (criterio de la SCJN), y la interpretación del elemento "sin contar con" implica un análisis material de capacidad operativa, sin ampliación indebida de la hipótesis normativa.
Además, se estima que los agravios resultan inoperantes en la medida en que no combaten la razón toral del fallo, consistente en la falta de prueba idónea para desvirtuar los elementos objetivos advertidos por la autoridad
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.