InvestigaciónDocumento
En línea
99/2023OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Zacatecas, Zacatecas

La improcedencia de los sustitutivos de la pena de prisión y la condena condicional se determina con base en los elementos del proceso penal y las exigencias del artículo 101, última parte, del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
99/2023
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Tercer Circuito, con residencia en Zacatecas, Zacatecas
Ponente
Gelacio Villalobos Ovalle
Fecha
11 abr 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La improcedencia de los sustitutivos de la pena de prisión y la condena condicional se determina con base en los elementos del proceso penal y las exigencias del artículo 101, última parte, del Código Fiscal de la Federación.

Resumen

El Tribunal Colegiado de Apelación modificó la sentencia recurrida al considerar improcedente conceder al sentenciado los sustitutivos de la pena de prisión y el beneficio de condena condicional. Esta determinación se fundamenta en los elementos del proceso penal y en lo dispuesto por el artículo 101, última parte, del Código Fiscal de la Federación, que establece requisitos específicos para la procedencia de dichos beneficios. No obstante, se dejó expedito el derecho del sentenciado para solicitar su concesión en la etapa de ejecución de sentencia, una vez cumplidos los requisitos legales aplicables.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.