La agravante del delito de robo por aprovechamiento de una relación laboral, prevista en el artículo 223, fracción III, del Código Penal para el Distrito Federal, sí comprende la figura de la subcontratación (outsourcing).
La contradicción de criterios se centró en determinar si la agravante del delito de robo por "aprovechando alguna relación de trabajo" (artículo 223, fracción III, del Código Penal para el Distrito Federal) se actualiza cuando el robo se comete en el contexto de una relación de subcontratación (outsourcing). El Pleno Regional determinó que sí la comprende, al considerar que la ratio de la agravante es la traición a la confianza derivada de un vínculo laboral, independientemente de si este es directo con la víctima o a través de un tercero subcontratado. Se analizó la evolución histórica de la figura para sustentar que el legislador buscó abarcar amplios supuestos de abuso de confianza laboral.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.