Los recursos o medios de defensa en materia administrativa en el Estado de Jalisco se rigen por el principio de optatividad, permitiendo al particular elegir entre agotar dichos recursos o acudir directamente al juicio administrativo o de amparo.
La presente contradicción de tesis analiza si los particulares en Jalisco deben agotar los recursos administrativos, como el de inconformidad previsto en la Ley de Movilidad y Transporte, antes de acudir al juicio de amparo. Se establece que, en virtud del artículo 9 de la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Jalisco y la jurisprudencia aplicable, dichos recursos son optativos. Por lo tanto, los particulares pueden optar por interponer directamente el juicio de amparo sin necesidad de agotar previamente los medios de defensa ordinarios.
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