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465/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito

La procedencia de un recurso de revisión es independiente de su ulterior declaratoria de infundado.

Expediente
465/2025
Tribunal
Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Jazmín Bonilla García
Fecha
8 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La procedencia de un recurso de revisión es independiente de su ulterior declaratoria de infundado.

Resumen

El Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que la procedencia de un recurso de revisión es una cuestión distinta a su análisis de fondo. En el caso, el tribunal declaró procedente el recurso, pero al analizarlo, lo consideró infundado, confirmando así la sentencia de apelación emitida por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.