La concesión de una pensión por jubilación a cargo del presupuesto del Poder Judicial de una entidad federativa, sin la transferencia efectiva de los recursos necesarios para cubrir dicha carga económica, vulnera la autonomía e independencia presupuestaria de dicho Poder, contraviniendo el principio de división de poderes.
La controversia constitucional se centró en un decreto del Congreso de Morelos que otorgó una pensión por jubilación a una persona con cargo al presupuesto del Poder Judicial local, sin transferir los fondos necesarios. La Suprema Corte determinó que esta acción vulnera la autonomía e independencia presupuestaria del Poder Judicial, al ser una forma de subordinación y una intromisión indebida en su gestión de recursos. Por ello, se declaró la invalidez parcial del decreto en la parte que ordena al Poder Judicial cubrir la pensión sin la debida asignación presupuestaria.
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