La justicia de la Unión no ampara ni protege a una persona moral contra la sentencia que confirma la validez de un crédito fiscal, cuando no se demuestran los vicios de legalidad que se le imputan.
El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Tercer Circuito resolvió negar el amparo y la protección de la justicia federal a una sociedad anónima contra una sentencia del Tribunal Federal de Justicia Administrativa. La sentencia confirmaba la validez de un crédito fiscal por concepto de impuesto sobre la renta, impuesto al valor agregado, actualizaciones, recargos y multas. La negativa se fundamentó en la falta de demostración de los vicios de legalidad alegados por la quejosa.
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