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PRIMERA SALA

El levantamiento del velo corporativo, como medida excepcional, requiere una justificación reforzada que acredite la intención de los deudores de defraudar derechos del acreedor, y no basta la simple modificación del domicilio social o la coincidencia de domicilios para presumir influencia dominante o intención de ocultarse.

Expediente
266/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
12 sep 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

El levantamiento del velo corporativo, como medida excepcional, requiere una justificación reforzada que acredite la intención de los deudores de defraudar derechos del acreedor, y no basta la simple modificación del domicilio social o la coincidencia de domicilios para presumir influencia dominante o intención de ocultarse.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la procedencia del levantamiento del velo corporativo en un procedimiento cautelar prejudicial. Se determinó que esta medida excepcional, que pugna con la seguridad jurídica, exige una justificación reforzada. No es suficiente la simple coincidencia de domicilios o la modificación del domicilio social para presumir influencia dominante o intención de ocultarse y defraudar al acreedor. La decisión debe basarse en pruebas que demuestren la ilicitud de la operación o la intención de defraudar, y no puede tomarse inaudita parte sin garantizar audiencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.