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SJF · Tesis

El primer acto de aplicación de una ley tributaria, para efectos de determinar si ha sido consentida, es el pago del impuesto, y no la resolución administrativa que niega la devolución de lo pagado.

Expediente
Tribunal
Ponente
Fecha
1 ene 2000
Materia
constitucional
Sentido

Holding · resolución sintética

El primer acto de aplicación de una ley tributaria, para efectos de determinar si ha sido consentida, es el pago del impuesto, y no la resolución administrativa que niega la devolución de lo pagado.

Resumen

En el juicio de amparo, cuando se impugna una ley tributaria y, de manera autónoma, una resolución que niega la devolución de lo pagado bajo esa ley, el primer acto de aplicación de la ley no es la resolución de negativa de devolución, sino el pago mismo del impuesto. Por lo tanto, para determinar si la ley ha sido consentida, debe considerarse la fecha en que se realizó dicho pago, y no la fecha de la resolución administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.