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455/2022NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La norma que restringe la deducción de intereses no contraviene el principio de equidad tributaria, pues se aplica de manera general a todas las personas morales que se encuentren en la situación jurídica prevista, otorgando el mismo trato a todos los contribuyentes en igualdad de circunstancias.

Expediente
455/2022
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
29 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La norma que restringe la deducción de intereses no contraviene el principio de equidad tributaria, pues se aplica de manera general a todas las personas morales que se encuentren en la situación jurídica prevista, otorgando el mismo trato a todos los contribuyentes en igualdad de circunstancias.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que restringe la deducción de intereses, no viola el principio de equidad tributaria. La Corte sostuvo que la norma se aplica de forma general a todas las personas morales bajo el supuesto regulado, garantizando un trato igualitario a contribuyentes en situaciones análogas. Esta interpretación se fundamenta en la exposición de motivos de la reforma y en criterios previamente establecidos en amparos en revisión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.