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980/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La inconstitucionalidad de una norma general, para efectos de la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, debe ser el tema central de la resolución del Tribunal Colegiado de Circuito, y no un argumento secundario o accesorio.

Expediente
980/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
23 abr 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de una norma general, para efectos de la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, debe ser el tema central de la resolución del Tribunal Colegiado de Circuito, y no un argumento secundario o accesorio.

Resumen

El presente amparo directo en revisión se promovió contra la sentencia que negó el amparo, la cual desestimó la inconstitucionalidad del artículo 59, fracción III, párrafo tercero, del Código Fiscal de la Federación, por considerarlo contrario al principio de equidad tributaria. El asunto llegó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación al plantearse la inconstitucionalidad de una norma general. Sin embargo, la Corte determinó que la inconstitucionalidad de la norma no fue el tema central de la resolución del Tribunal Colegiado, sino un argumento secundario, lo que impide la procedencia del recurso de revisión en amparo directo.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.