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106/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Expediente
106/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ANA MARGARITA RÍOS FARJAT
Fecha
17 may 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación puede conocer de amparos en revisión de interés y trascendencia, de oficio o a petición de diversas autoridades.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene la facultad de atraer casos de amparo en revisión que revistan un interés y trascendencia particulares. Esta facultad puede ejercerse de oficio o a solicitud del Tribunal Colegiado de Circuito, del Fiscal General de la República, o del Ejecutivo Federal, a través del Consejero Jurídico del Gobierno, cuando el Ministerio Público de la Federación sea parte en el asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.