InvestigaciónDocumento
En línea
396/2019TCC10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito

La norma legal reclamada es de naturaleza autoaplicativa y la persona moral quejosa sí demostró su interés jurídico, por lo que no se actualiza la causal de improcedencia prevista por el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo.

Expediente
396/2019
Tribunal
Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito
Ponente
Jesús Enrique Flores González
Fecha
3 dic 2020
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La norma legal reclamada es de naturaleza autoaplicativa y la persona moral quejosa sí demostró su interés jurídico, por lo que no se actualiza la causal de improcedencia prevista por el artículo 61, fracción XII, de la Ley de Amparo.

Resumen

El tribunal estima fundados los agravios del recurrente principal y revoca el sobreseimiento dictado en primera instancia. Considera que la norma reclamada es autoaplicativa y que la quejosa demostró su interés jurídico, actualizando así su derecho a la protección constitucional. Sin embargo, al analizar los conceptos de violación omitidos, los considera ineficaces en virtud de criterios existentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.