El recurso de reclamación es procedente pero infundado cuando los agravios formulados resultan inoperantes para revocar el acuerdo que desechó la controversia constitucional.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió un recurso de reclamación interpuesto por el Poder Judicial del Estado de Morelos contra el acuerdo que desechó una controversia constitucional. El tribunal determinó que los agravios presentados por el recurrente eran infundados, ya que no combatían eficazmente el acuerdo impugnado. Por lo tanto, se declaró procedente pero infundado el recurso, confirmando el desechamiento de la controversia constitucional.
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