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8790/21-17-12-2OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Décimo Segunda Sala Regional en la Ciudad de México

La negativa ficta se configura cuando la autoridad fiscal no resuelve una instancia o petición dentro del plazo legal, permitiendo al particular considerar la resolución como negativa e interponer los medios de defensa correspondientes.

Expediente
8790/21-17-12-2
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
27 mar 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La negativa ficta se configura cuando la autoridad fiscal no resuelve una instancia o petición dentro del plazo legal, permitiendo al particular considerar la resolución como negativa e interponer los medios de defensa correspondientes.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa analiza la figura de la negativa ficta, estableciendo que se actualiza cuando una autoridad fiscal no emite una resolución expresa a una solicitud dentro del plazo de tres meses. En este caso, la actora solicitó la prescripción de créditos fiscales y, ante la falta de respuesta, consideró configurada la negativa ficta. La Sala determinó que la autoridad demandada no puede evadir el estudio de fondo en su contestación a la demanda, debiendo exponer los motivos y fundamentos de la negativa, y no puede invocar causales de improcedencia basadas en cuestiones procesales que debió haber planteado en el plazo legal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.