La inexistencia de los actos reclamados, manifestada por las autoridades responsables en sus informes justificados, y ante la falta de pruebas en contrario por parte del quejoso, conduce al sobreseimiento del juicio de amparo por falta de materia.
El Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Yucatán determinó sobreseer el juicio de amparo promovido por Christianus Johannes Lambertus. La decisión se basó en que las autoridades responsables negaron la existencia de los actos reclamados (orden de aprehensión y/o detención y su ejecución), y el quejoso no aportó pruebas para desvirtuar dichas negativas. Por lo tanto, se consideró que no existía materia sobre la cual pronunciarse, actualizando la causal de sobreseimiento por falta de materia.
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