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SJF · Tesis

La responsabilidad solidaria o la mera pluralidad de patrones no actualizan el litisconsorcio pasivo necesario en materia de trabajo, pues la intención del legislador es evitar que los derechos de los trabajadores se tornen ilusorios.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
17 mar 2017
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La responsabilidad solidaria o la mera pluralidad de patrones no actualizan el litisconsorcio pasivo necesario en materia de trabajo, pues la intención del legislador es evitar que los derechos de los trabajadores se tornen ilusorios.

Resumen

El litisconsorcio pasivo necesario no se actualiza por la simple existencia de una pluralidad de patrones o por una responsabilidad solidaria. El Código Civil Federal y la Ley Federal del Trabajo establecen que en caso de solidaridad, un deudor puede ser exigido por la totalidad de la deuda, sin necesidad de demandar a todos los obligados. La intención del legislador al regular supuestos de pluralidad de contratantes o receptores de servicios laborales es atribuir obligaciones solidarias o directas para proteger los derechos de los trabajadores.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.