El contrato de asociación en participación no obliga al asociado a presentar declaración anual, salvo que obtenga ingresos adicionales a los de su actividad empresarial.
El asociado en un contrato de participación no está obligado a presentar declaración anual, aun cuando deba llevar contabilidad por formar parte de dicho contrato. La obligación de presentar declaración anual surge únicamente si el asociado obtiene ingresos adicionales a los derivados de su actividad empresarial, como salarios, honorarios o arrendamiento de inmuebles. En caso contrario, el asociante es quien cumple con las obligaciones fiscales por cuenta de los asociados.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.