La negativa ficta se configura cuando la autoridad fiscal no emite resolución expresa a una solicitud dentro del plazo legal, y la carga de probar la devolución de cuotas o los fundamentos para no hacerlo recae en la autoridad.
La Sala Regional en Tamaulipas determinó la configuración de una negativa ficta respecto a la solicitud de devolución de cuotas obrero-patronales y registro de bajas de trabajadores, presentada por la actora. La autoridad fiscal no acreditó haber emitido una resolución expresa dentro del plazo de tres meses establecido en el Código Fiscal de la Federación, ni aportó pruebas suficientes para desvirtuar la presentación de la solicitud ni la omisión de respuesta. Por lo tanto, se declaró la nulidad de la resolución ficta y se ordenó a la autoridad emitir una resolución fundada y motivada.
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