La resolución de la autoridad fiscal que niega una exención de impuestos es impugnable a través del juicio de inconformidad y oposición ante el Tribunal Fiscal, por lo que su inejecución impide el acceso al amparo administrativo.
Se determina que la negativa de una exención fiscal por parte de la autoridad es un acto de autoridad que debe ser combatido primero ante el Tribunal Fiscal mediante el juicio de inconformidad y oposición, conforme al artículo 160 del Código Fiscal. Por lo tanto, si el contribuyente no agota esta vía, el juicio de amparo será sobreseído por no haber agotado los recursos ordinarios disponibles.
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