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88/2026TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas· tema sin holding extraído

Se propone declarar infundado el recurso, la decisión del juez es correcta pues no se podría llegar a diversa conclusión, ya que al concederse la protección constitucional en el amparo directo promovido por el aquí recurrente, se ordenó dejar insubsistente el laudo, por lo que ya no se podría lograr el objetivo del incidente planteado que es requerir a la responsable el cumplimiento de la suspensión en caso de exceso o defecto en la suspensión definitiva otorgada.

Expediente
88/2026
Tribunal
Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Vigésimo Circuito, con residencia en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas
Ponente
Luis Arturo Palacio Zurita
Fecha
13 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se propone declarar infundado el recurso, la decisión del juez es correcta pues no se podría llegar a diversa conclusión, ya que al concederse la protección constitucional en el amparo directo promovido por el aquí recurrente, se ordenó dejar insubsistente el laudo, por lo que ya no se podría lograr el objetivo del incidente planteado que es requerir a la responsable el cumplimiento de la suspensión en caso de exceso o defecto en la suspensión definitiva otorgada.

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