La carga de la prueba para acreditar la relación laboral con los trabajadores recae en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando el patrón niega lisa y llanamente dicha relación, y la omisión de exhibir los medios de convicción idóneos en la contestación de la demanda genera la ilegalidad del crédito fiscal determinado.
La actora demandó la nulidad de una cédula de liquidación por diferencias en el pago de cuotas al IMSS. La Sala determinó que la actora negó lisa y llanamente la relación laboral con los trabajadores señalados en la resolución impugnada. Al no acreditar el IMSS dicha relación laboral en el momento procesal oportuno (contestación de la demanda), se actualizó la causal de anulación por apoyarse en hechos no realizados, declarándose la nulidad lisa y llana del acto impugnado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.