La aseguradora es responsable del daño moral causado a su cliente por la privación de su libertad, al incumplir su obligación de prestar asesoría jurídica y expedición de garantías económicas para su liberación, máxime si se le proporcionó un abogado incompetente.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la responsabilidad de una aseguradora en un caso de privación de libertad. Se determinó que la aseguradora incumplió su obligación de proporcionar asesoría jurídica y expedición de garantías económicas para la liberación de su cliente. El hecho de haberle asignado un abogado incompetente no la exime de responsabilidad, por lo que se le considera culpable del daño moral causado al patrimonio de su cliente.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.