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76/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no reasume competencia originaria cuando el asunto no satisface un criterio de interés y trascendencia para el Alto Tribunal.

Expediente
76/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
26 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación no reasume competencia originaria cuando el asunto no satisface un criterio de interés y trascendencia para el Alto Tribunal.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó no reasumir su competencia originaria para conocer de un amparo en revisión. El asunto se originó por la reclamación de inconstitucionalidad de artículos de la Ley y Reglamento Interno de la CNDH, así como de una resolución de dicha Comisión que declaró su incompetencia para conocer de los hechos denunciados. El juzgado de distrito negó el amparo contra la norma general y reglamento, pero lo concedió contra la resolución administrativa. La Corte consideró que no se cumplían los requisitos de interés y trascendencia necesarios para atraer el caso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.